Bases legales de la promoción-sorteo

«SCOTCH-BRITE® «

PRIMERA.- Compañía organizadora

La sociedad mercantil 3M España, S.L. (en adelante, “3M”), con domicilio en la C/ Juan Ignacio Luca de Tena 19-25, 28027 Madrid y con CIF nº B28078020, ha decidido poner en marcha una acción promocional para los productos de la gama Scotch-Brite®, que se regirá de conformidad con las siguientes bases promocionales. 

La Compañía DINERO GELT S.L., (en adelante, “GELT”) provista de CIF número B-87368692  y con domicilio en calle Arturo Soria, 97-A, 28027 Madrid, es la entidad encargada de la gestión del registro de usuarios, comunicación de la promoción y la lectura, digitalización y validación del ticket de compra, tal como se especificará posteriormente. 

La Compañía WE DID IT MARKETING S.L. (en adelante, “GRUPO WDI”) provista de NIF número B86348307 y con domicilio en calle Cronos 10, 1º 2º puerta, 28037 Madrid, es la entidad encargada de la gestión del ganador de la promoción. 

En adelante, todas las entidades serán referidas como “Los Organizadores” o “Las Organizadoras”.

SEGUNDA. – Ámbito Territorial de la Promoción

La promoción se desarrollará en toda España (incluyendo por tanto Baleares, Ceuta y Melilla y Canarias) (en adelante, el “Territorio”). En este sentido, sólo podrán participar los usuarios o nuevos usuarios de la aplicación móvil GELT residentes en España. A efectos de claridad, para participar en la Promoción, el participante deberá estar registrado o registrarse en la aplicación móvil
GELT.

TERCERA. – Periodo Promocional

La promoción se desarrollará desde las 00:00 horas del día 21 de diciembre de 2020, hasta las 23:59 horas del día 7 de febrero de 2021 (en adelante, el “Periodo Promocional”).

Si por causas que así lo justificaran fuera necesario aplazar o modificar la promoción, este hecho se anunciará con el mismo grado de publicidad que el dado a las presentes bases. 

CUARTA. – Finalidad

La acción tiene como finalidad destacar y comunicar las características de los productos de la marca Scotch-Brite® con el fin de educar a los consumidores en el uso adecuado de cada uno de sus productos apoyando con un descuento en la compra de estos.

QUINTA. – Gratuidad

La presente promoción tendrá carácter gratuito, y no supone en sí misma un incremento del precio de los productos que se promocionan, ni pago adicional alguno por participar.

SEXTA. – Legitimación para participar

Podrán participar en la promoción todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años, con residencia legal en el Territorio, que tengan un perfil válido en GELT. 

No podrá participar en la promoción el personal empleado de la entidad mercantil 3M, ni de cualquiera de sus empresas filiales, agencias de publicidad o agencias de promociones, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad/afinidad que estén relacionadas con la promoción, ni de todas aquellas empresas integradas en la realización de la presente promoción. 

Asimismo, no podrán participar aquellos usuarios que no cumplan con los requisitos establecidos en estas bases. 

En el supuesto de que resultara ganador/a alguna de las personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el premio obtenido, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones válidas de participación.

SÉPTIMA. – Productos

La acción promocional abarca los productos que se especifican a continuación y solamente aquellos que se compren en Carrefour (bien en tienda física como online): 

  • Scotch Brite® Salvauñas Clásico, 3pcs. EAN 8410001110936
  • Scotch Brite® Fresh Laminado No Raya, x2Pc. EAN 8410001133980
  • Scotch Brite® Fresh Laminado Clásico, x2Pc. EAN 8410001133997
  • Scotch Brite® Fresh Salvauñas No Raya, x2Pc. EAN 8410001134260
  • Scotch Brite® Fresh Salvauñas Clásico, x2Pc. EAN 8410001134277
  • Scotch Brite®  Salvauñas Extreme NS, 2pcs. EAN 8410001129709
  • Scotch Brite® Laminado Baño XL, 1pc. EAN 8410001106809

OCTAVA. – Mecánica

Para optar al premio, los participantes, que hayan cumplido con las reglas y condiciones recogidas en las presentes bases legales, deberán:

  • Estar correctamente registrados en GELT.
  • Adquirir 2 productos de Scotch-Brite® que estén en la lista que se ha hecho mención en el punto SÉPTIMO en un mismo ticket. Los participantes deberán adquirir durante el periodo promocional al menos 2 productos de la marca Scotch-Brite®, iguales o combinados, en una misma compra.
  • A efectos de claridad, el participante podrá adquirir cuantos productos especificados en el anterior punto en cualquier CARREFOUR del territorio español (tanto en tienda física como online) y posteriormente subir el ticket de compra en la aplicación GELT.
  • La compra de los 2 productos deberá estar reflejada en un mismo ticket de compra, tal como se desarrolla a continuación: Una foto del ticket que acredite la compra de, al menos, 2 productos de Scotch-Brite® reflejando de forma clara y legible la fecha de compra del producto, y el establecimiento de compra del mismo. La fecha de emisión del ticket de compra deberá corresponder a compras efectuadas durante el periodo promocional.

Se podrá participar cuantas veces se quiera, no existiendo límite por persona, siempre que en cada ticket diferente figure la compra de 2 productos de Scotch-Brite®, iguales o combinados en una misma compra, quedando automáticamente anuladas o pudiendo Los Organizadores anular con posterioridad aquellas participaciones con tickets duplicados o realizadas de forma fraudulenta. Igualmente, Los Organizadores se reservan el derecho de emprender cualesquiera acciones legales que pudieran corresponderle.

Así mismo se informa que no serán admitidas participaciones que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas bases. Si los datos de carácter personal fueran erróneos, inciertos, incompletos o no estuvieran debidamente actualizados, Los Organizadores se reserva el derecho de no otorgar el premio al ganador en su caso.

NOVENA. – Premio

Se ofrecerá al ganador/a (1) un (1) premio de 1.000,00€ (MIL EUROS) que se entregará mediante transferencia bancaria al número de cuenta que haya indicado una vez resulte ganador, en el plazo límite de veinte 20 días, desde la validación de la participación.

El ganador no podrá bajo ningún concepto ceder, transmitir, vender ni regalar el mismo a ningún tercero.

De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias están sujetos a retención o ingreso a cuenta. Por ello corresponderá al premiado incorporar tanto el valor del premio como el de la retención o ingreso a cuenta no repercutido (en su caso) en su Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el caso de que resulte obligado a ello.

En este caso, Los Organizadores se encargarán de pagar a Hacienda la parte proporcional que corresponda en nombre del ganador. El premio al consistir en 1.000,00€ (MIL EUROS), se pagará a Hacienda la retencion del 19% sobre éste, siendo 234,56€ (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS EUROS), haciendo un total de premio de 1.234,56€ (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS EUROS).

Los Organizadores se reservan la posibilidad de modificar el indicado premio por causas imprevistas, sustituyéndolo por otro de características y valor semejante.

El premio se otorgará por sorteo celebrado ante Notario, entre todos los participantes que hayan cumplido los requisitos establecidos en estas bases, con el fin de garantizar la imparcialidad, aleatoriedad, y transparencia en la selección del ganador/a. Se sacará un ganador (1) y cinco suplentes (5) ante Notario.


En cualquier caso, y con ocasión de la situación excepcional que nos encontramos provocada por la pandemia COVID-19, Los Organizadores se reservan la posibilidad de modificar, si las circunstancias así lo obligaran, el plazo del sorteo que se celebrarán ante notario, sin que dicha circunstancia otorgue derecho alguno a los participantes de la promoción de reclamación, indemnización o compensación alguna.

DÉCIMA. – Comunicación a ganadores

Una vez realizado el sorteo y validado que el ganador cumple con los requisitos establecidos en las presentes bases, Los Organizadores se pondrá en contacto con el ganador/ la ganadora mediante correo electrónico o vía telefónica indicándole su condición de tal.

En cualquier caso, si alguno de los ganadores no contestase a la comunicación confirmando que acepta el premio vía correo electrónico o telefónico en el plazo de 5 días naturales siguientes a la comunicación, perderá el derecho al premio, correspondiéndole el mismo al suplente que habrá resultado de la realización del sorteo.


En este caso, se enviará una nueva comunicación al nuevo ganador/a, que tendrá el mismo periodo para contestar y enviar la información solicitada.


Si al final de todo el proceso no se ha localizado a ninguno de ellos, el premio se declarará desierto.


Los Organizadores quedan eximidas de cualquier responsabilidad en caso de existir algún error en los datos facilitados por los ganadores / suplentes que impida su identificación.


Los Organizadores no se responsabilizarán del uso indebido del premio por cada uno de los ganadores y no asumen responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los participantes o terceros como consecuencia del uso indebido del premio.


Los Organizadores con la entrega del premio, quedan liberados de cualquier obligación con las personas que hubieran participado en la Promoción. Los Organizadores se reservan el derecho de que el premio quede desierto, en el caso de que ninguno de los participantes agraciados, cumplan los requisitos citados en estas Bases Legales, o renuncien al premio.

Los ganadores tienen derecho a renunciar al premio ganado, sin embargo, no podrán en ningún caso, canjearlo por otro distinto. El premio será personal e intransferible salvo autorización expresa por parte de Los Organizadores.

En el caso de que causas ajenas al control de Los Organizadores impidieran la entrega del premio previsto, Los Organizadores no se compromete a sustituirlo por otro de similares características o de igual valor al ofrecido.

UNDÉCIMA. – Exoneración de Responsabilidad

Los Organizadores no se hace responsable de las siguientes circunstancias:

  • De la imposibilidad de registrar a algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales como consecuencia de la facilitación de datos falsos, incompletos o erróneos; 
  • De las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o pérdida de conexión, etc.) que sean provocadas por una avería en el programa informático, ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor (como por ejemplo aquellas incidencias derivadas de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales -atmosféricos, climatológicos-);
  • De las incidencias causadas por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías suministradoras del mismo; 
  • De las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que pudieran afectar a la participación en la presente promoción o/y a la entrega del premio; 
  • Del uso indebido del premio realizado por el participante;

Los Organizadores excluyen expresamente cualquier obligación de resarcimiento o compensación a favor de cualquier participante por cualquier incidencia de las señaladas. Los Organizadores tampoco será responsable por ningún daño que pudiera ocasionarse al ganador durante la competición deportiva.

DUODÉCIMA. – Datos Personales

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales
(Reglamento General de Protección de Datos UE 2016/679 –RGPD-, y la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales), le
informamos que sus datos personales serán utilizados bajo las siguientes condiciones:

  • Datos del Responsable del Tratamiento: Los organizadores, cuyos datos constan en el encabezamiento de las presentes bases legales.
  • Datos recabados: Los datos que se utilizan son los siguientes: Datos de identificación, datos de compras y cuentas bancarias facilitadas por los ganadores del sorteo para realizar transferencias bancarias de los premios.
  • Finalidades del tratamiento de datos personales: Se utilizan datos personales para poder gestionar, desarrollar y mantener el presente sorteo y cumplir con estas bases legales, así como para la entrega del premio. Para cualquier uso de los datos que no pueda enmarcarse dentro de este sorteo y sus bases legales, los organizadores pedirán autorización expresa al usuario (como, por ejemplo, permitir el envío de comunicaciones comerciales a través de los medios facilitados por el participante). Con los datos personales recabados no se elaborarán perfiles ni se realizarán decisiones automatizadas.
  • Legitimación del tratamiento de datos: Se usan los datos personales bajo las siguientes bases legitimadoras:
  1. Datos necesarios para la ejecución de un contrato, entendiéndose como tal, el cumplimiento tanto de los Organizadores como del participante de las presentes bases legales.
  2. Datos necesarios para cumplir con obligaciones legales. A título enunciativo y no limitativo, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
  3. Consentimiento del participante, en aquellos casos en los que los organizadores los solicite expresamente. Puede revocar el consentimiento, en cualquier momento, digiriendo a hello@grupowdi.com

Para la participación en la promoción, el interesado deberá proporcionar la información mínima solicitada. En caso contrato, no podrá ser válida su participación.

  • Destinatarios del tratamiento de datos: Para cumplir con las finalidades mencionadas anteriormente se comparten datos personales con proveedores de servicios externalizados por parte los organizadores y que están sujetos a acuerdos de confidencialidad. Estas comunicaciones de datos son requeridas para poder desarrollar la presente promoción a través de colaboradores especializados.
  • Transferencias internacionales de datos: Los organizadores informan que, para la gestión, desarrollo y mantenimiento de la presente promoción, no se realizarán transferencias internacionales de los datos de los participantes fuera del Espacio Económico Europeo.
  • Plazos de conservación: Los datos serán conservados durante la duración de la presente promoción. En concreto, se conservarán los datos durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme las normativas anteriormente expuestas, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación que sea de aplicación. El plazo máximo de conservación de los datos terminado la promoción será de 3 meses.

En el caso de las comunicaciones comerciales autorizadas, el interesado podrá rechazarlas o darse de baja de las mismas en cualquier momento, notificándolo a través de los medios indicados en las propias comunicaciones.

  • Derechos de protección de datos: De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos, podrá ejercitar sus derechos sobre protección de datos (acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación, portabilidad y no ser objeto de decisiones individuales automatizadas) por correo electrónico en hello@grupowdi.com. Podrá requerirse documentación que acredite la identidad del solicitante (copia del anverso del Documento Nacional de Identidad, o equivalente). El plazo de respuesta máximo será de 30 días desde su recepción, pudiendo prorrogarse como máximo por un plazo de 2 meses siempre que sea necesario. La Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos: a través de su página web o, directamente, en su sede electrónica.
  • Menores de edad: La participación en la promoción está limitada a personas mayores de edad (18 años). Las organizaciones no tratarán datos personales de participantes con una edad inferior a los 14 años.
  • Seguridad: Los Responsables establecerán las medidas de índole técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad que deben reunir los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal en la forma legal y reglamentariamente prevista.
  • Uso comercial de los datos: Los datos de contacto de los ganadores pueden ser utilizados para el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales, incluidas las comunicaciones comerciales electrónicas, a los efectos del artículo 21 de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información en base al interés legítimo de 3M en mantener a sus clientes informados sobre sus productos y servicios. Puede oponerse a su recepción mediante email a Privacy_EU@mmm.com.

Encontrará más información sobre cómo 3M trata los datos personales y los derechos de las personas de su política de privacidad que se encuentra en http://www.3m.com.es/politica-de-privacidad/. Las preguntas sobre la forma en que 3M trata los datos personales o cómo ejercer cualquier derecho individual bajo el GDPR pueden dirigirse a DPO_EU@mmm.com. 3M se reserva el derecho de modificar esta Cláusula unilateralmente mediante notificación por escrito, en particular si es necesario para cumplir con las leyes aplicables.

DÉCIMOTERCERA. – Aceptación de bases 

La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que sobre las mismas efectúe Los Organizadores. Dichas bases podrán consultarse en la aplicación móvil GELT en la promoción de los productos de Scotch-Brite®.

Los Organizadores se reserva el derecho a interpretar, realizar modificaciones o añadir anexos con referencia a las presente bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén y se comuniquen a éstos debidamente. Todas las modificaciones de bases tendrán la misma difusión que la otorgada a las presentes bases.

DÉCIMOCUARTA. – Legislación aplicable 

La presente promoción se rige por la legislación española vigente. Para las controversias que pudieren surgir con ocasión de las presentes Bases Legales, las partes, con renuncia de su fuero propio, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid.


Las presentes bases legales bajo las que se desarrolla esta Promoción serán depositadas ante el Notario Don_Carlos Pérez Ramos.

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